La boda de un hermano, el fallecimiento de su madre, una mudanza o una hospitalización de un familiar cercano: son situaciones que le ocurren a cualquier persona, también a tu empleada doméstica. Cuando ocurren, la ley le reconoce días de permiso retribuido: ausencias justificadas en las que tienes la obligación de pagarle el salario como si hubiera trabajado. Muchas familias de Pozuelo, Majadahonda, Boadilla y Aravaca no saben que estos permisos existen, o desconocen cuántos días corresponden exactamente.
¿Qué es un permiso retribuido?
Un permiso retribuido es una ausencia del trabajo que la ley ampara expresamente y durante la cual el empleador está obligado a mantener el salario íntegro. No se descuenta de las vacaciones, no reduce la antigüedad y no puede ser compensado con días libres en otra fecha sin el acuerdo expreso de la trabajadora.
Para las empleadas domésticas, el marco legal que regula estos permisos es doble: el Real Decreto 1620/2011 (que regula específicamente la relación laboral especial del hogar familiar) remite en todo lo no previsto al Estatuto de los Trabajadores, cuyo artículo 37.3 lista los permisos retribuidos que corresponden a cualquier trabajadora por cuenta ajena.
En la práctica, esto significa que tu empleada doméstica tiene los mismos derechos de permiso que una trabajadora de oficina o de fábrica. No son permisos "de gracia" que tú puedes conceder o no: son un derecho laboral exigible.
Tabla de permisos retribuidos: días y causas
| Causa del permiso | Días de permiso | Quién puede solicitarlo |
|---|---|---|
| Matrimonio de la trabajadora | 15 días naturales | La propia empleada |
| Fallecimiento de cónyuge, hijo/a, padre, madre, hermano/a | 2 días (4 si hay desplazamiento) | La propia empleada |
| Fallecimiento de abuelos, nietos, suegros, cuñados | 2 días (4 si hay desplazamiento) | La propia empleada |
| Hospitalización o intervención quirúrgica con ingreso de familiar de 1.º o 2.º grado | 2 días (4 si hay desplazamiento) | La propia empleada |
| Accidente grave o enfermedad grave de familiar de 1.º o 2.º grado | 2 días (4 si hay desplazamiento) | La propia empleada |
| Nacimiento de hijo/a (progenitor no gestante) | 16 semanas (permiso de paternidad, SS) | Gestión directa con la SS |
| Traslado de domicilio habitual | 1 día | La propia empleada |
| Deber inexcusable de carácter público (votaciones, jurado, citación judicial) | Tiempo imprescindible | La propia empleada |
| Renovación de documentación oficial (DNI, NIE, pasaporte) | Tiempo imprescindible | La propia empleada |
| Exámenes para obtener un título oficial | Tiempo imprescindible | La propia empleada |
| Consultas médicas propias (urgencias o citas no aplazables) | Tiempo necesario (a convenir) | La propia empleada |
Nota: el "desplazamiento" que amplía los permisos a 4 días se aplica cuando la trabajadora debe viajar fuera de la provincia o a una localidad que supone un viaje de más de 200 km. En el área oeste de Madrid, la mayoría de situaciones quedan en 2 días, aunque si el familiar vive en otra comunidad autónoma corresponden los 4 días.
Explicación detallada de cada permiso
Permiso por matrimonio: 15 días
Es el permiso más amplio de todos. Si tu empleada se casa —ya sea matrimonio civil o religioso, y también si formaliza una unión de hecho en comunidades donde está equiparada al matrimonio— tiene derecho a 15 días naturales continuados. Estos días incluyen sábados, domingos y festivos, y pueden tomarse antes o después de la fecha de la boda.
En la práctica, en Pozuelo y Majadahonda suele gestionarse así: la empleada avisa con antelación suficiente (al menos dos semanas), presenta el libro de familia o el certificado de matrimonio al volver, y la familia abona el salario completo por esos 15 días como si hubiera trabajado. No es negociable reducirlo a menos días, aunque sí puede acordarse voluntariamente por escrito si la propia trabajadora lo prefiere.
Permiso por fallecimiento o enfermedad grave de familiar: 2 ó 4 días
Cuando fallece o enferma gravemente un familiar de primer grado (cónyuge, hijos, padres) o de segundo grado (abuelos, nietos, hermanos, suegros, cuñados), la empleada tiene derecho a 2 días naturales. Si necesita desplazarse fuera de la provincia o a más de 200 km, el permiso se amplía a 4 días.
La hospitalización con ingreso también activa este permiso, incluso si la intervención no es urgente: una operación programada de la madre de tu empleada le da derecho a los 2 días. Lo que no activa el permiso es una visita rutinaria al médico o una consulta ambulatoria sin ingreso.
Permiso por traslado de domicilio: 1 día
Si la empleada se muda de vivienda, tiene derecho a 1 día natural de permiso retribuido. Aplica tanto si el traslado es dentro de la misma ciudad como si es a otra localidad. Es el permiso más corto, pero también el que con más frecuencia se ignora o se descuenta de las vacaciones, lo que es incorrecto.
Permisos por deberes cívicos y gestiones inexcusables
Si la empleada recibe una citación judicial (como testigo, parte o para un trámite), tiene convocatoria de jurado popular o debe votar en elecciones, tiene derecho a ausentarse el tiempo necesario. También aplica para renovar el DNI o el NIE cuando el plazo de validez ha vencido, y para realizar exámenes de un título oficial (idiomas, certificados de profesionalidad, graduado escolar).
En estos casos el permiso no tiene un número de días fijo: es el tiempo imprescindible. Lo habitual es llegar a un acuerdo: la empleada acude a la citación por la mañana y trabaja por la tarde, o se ausenta solo las horas necesarias.
¿Qué ocurre si no concedes el permiso retribuido?
Si niegas el permiso o lo descuentas del salario o de las vacaciones cuando la causa está legalmente reconocida, la empleada puede:
- Reclamar el salario no abonado ante el Juzgado de lo Social, incluyendo intereses por demora.
- Presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que puede derivar en una sanción para la familia empleadora.
- Incluirlo como cantidad pendiente en el finiquito si la relación laboral se extingue.
En la práctica, la gran mayoría de situaciones se resuelven con sentido común y buena comunicación. Pero es importante saber que los permisos retribuidos no son una concesión que puedes hacer o no a voluntad: son un derecho que la ley reconoce a la trabajadora.
Cómo gestionar el permiso correctamente en tu hogar
Comunicación con antelación
Cuando la causa es previsible (boda, mudanza, examen programado), pide a tu empleada que te avise con la mayor antelación posible para poder organizarte. No tienes derecho a negarle el permiso, pero sí puedes pedir que, dentro de lo razonable, las fechas se coordinen con tus necesidades.
Cuando la causa es imprevisible (fallecimiento, accidente grave de un familiar), la empleada tiene derecho a ausentarse desde ese mismo momento. En estos casos, la gestión posterior de justificantes puede hacerse a la vuelta.
Justificantes documentales
Puedes pedir a la empleada que aporte documentación que acredite la causa del permiso. Los más habituales son:
- Boda: certificado de matrimonio o libro de familia (se entrega a la vuelta).
- Fallecimiento: certificado de defunción o esquela.
- Hospitalización: documento de ingreso o informe de alta hospitalaria.
- Traslado: contrato de alquiler o escritura de compraventa con la nueva dirección.
- Citación judicial: notificación oficial del juzgado o cédula de citación.
Pedir justificantes es perfectamente legítimo y recomendable para tener el expediente laboral en orden, especialmente si en algún momento hay una inspección de trabajo o una reclamación posterior. Eso sí, la solicitud de justificantes no puede convertirse en un obstáculo para que la empleada ejerza su derecho: si no puede aportarlos en el momento, puede hacerlo a la vuelta.
Cómo dejarlo reflejado en la nómina
El permiso retribuido no genera ninguna deducción en la nómina. El importe que recibe la empleada ese mes es el mismo que cualquier otro mes en que ha trabajado todos los días. En la nómina puede incluirse una línea descriptiva del tipo "Permiso retribuido — fallecimiento familiar", pero no es obligatorio si el total es correcto.
Permisos retribuidos vs. ausencias no justificadas
Es importante distinguir los permisos retribuidos legales de otras ausencias que no tienen ese reconocimiento legal. Por ejemplo:
- La boda de un primo o de una amiga íntima no genera derecho a permiso retribuido. Si la empleada quiere ausentarse, deberá acordarlo como ausencia voluntaria (compensando con vacaciones o sin retribuir).
- Una consulta médica rutinaria de revisión anual no suele considerarse "consulta no aplazable". Si puede agendarla fuera de su horario de trabajo, es lo procedente.
- Un traslado de muebles a un trastero o un arreglo en el nuevo piso no es traslado de domicilio a efectos del permiso.
La línea entre permiso justificado y ausencia voluntaria puede ser difusa en algunos casos. En caso de duda, es mejor acordar por escrito con la empleada cómo se va a tratar la ausencia, para evitar malentendidos posteriores.
Situaciones frecuentes en el área oeste de Madrid
En Pozuelo, Majadahonda, Boadilla y Aravaca hay una alta proporción de empleadas domésticas de origen latinoamericano (colombianas, ecuatorianas, venezolanas, peruanas) y de Europa del Este. Esto plantea situaciones específicas en la gestión de permisos:
- Fallecimiento de familiar en el país de origen: como hemos visto, el permiso se amplía a 4 días, pero la trabajadora puede necesitar más días para volar, asistir al entierro y volver. Muchas familias de la zona acuerdan voluntariamente ampliar el permiso descontando los días adicionales de vacaciones o como anticipo a saldo a cuenta de futuras vacaciones, lo que es perfectamente válido si ambas partes lo acuerdan por escrito.
- Boda en el país de origen: los 15 días de permiso por matrimonio aplican igual. Si el viaje dura más, el exceso puede acordarse como vacaciones anticipadas o días sin sueldo, según pacten familia y trabajadora.
- Renovación del NIE o solicitud de documentación de extranjería: estos trámites, que en el área oeste de Madrid suelen hacerse en las oficinas de Majadahonda, Móstoles o Las Rozas, generan el derecho al tiempo imprescindible para realizarlos. La espera en las oficinas de extranjería puede ser larga; lo más razonable es que la empleada pida cita previa para un horario que interfiera lo menos posible con su jornada.
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Busco empleada en mi zona →Resumen: lo que necesitas tener claro
- Los permisos retribuidos son un derecho legal, no una concesión voluntaria de la familia empleadora.
- Los más habituales son: boda (15 días), fallecimiento o enfermedad grave de familiar cercano (2 ó 4 días), traslado (1 día) y deberes cívicos (tiempo necesario).
- Se pagan como días trabajados: no se descuentan de vacaciones ni del salario.
- Puedes pedir justificantes documentales, pero no puedes negar el permiso mientras la causa sea legalmente reconocida.
- Si el familiar vive en el extranjero y hay necesidad de desplazamiento, el permiso es de 4 días; los días adicionales pueden acordarse como vacaciones anticipadas.
- Es recomendable dejar documentada por escrito cualquier ausencia y su causa, especialmente en relaciones laborales de larga duración.
Gestionar bien los permisos retribuidos no solo evita conflictos laborales: también transmite a la empleada que es tratada con respeto y que la relación laboral está en orden. En hogares de Pozuelo, Majadahonda, Boadilla y Aravaca, donde la confianza con la empleada es especialmente valiosa, ese detalle marca la diferencia entre una trabajadora que dura años y una que cambia de familia al primer semestre.