Muchas familias de Pozuelo, Majadahonda y Boadilla que contratan una empleada del hogar asumen que basta con pagar el salario acordado y dar de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, la ley exige también entregar a la trabajadora un recibo de salario (nómina) cada mes. Esta guía explica exactamente qué debe incluir, cómo se calcula y cómo dejarla bien hecha desde el primer mes.

¿Por qué es obligatoria la nómina en el empleo doméstico?

El Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, obliga al empleador a entregar a la trabajadora, junto con el pago de su salario, el correspondiente recibo de salario. No es un trámite opcional ni reservado solo para empresas.

La nómina sirve para varios propósitos prácticos: permite a la trabajadora acreditar sus ingresos ante bancos, arrendadores o solicitudes de ayuda. A la familia empleadora le protege frente a posibles reclamaciones posteriores, ya que queda documentado qué se pagó, cuándo y en qué concepto. Sin nómina, la trabajadora puede reclamar en cualquier momento que nunca cobró lo acordado, y la carga de la prueba recae sobre la familia.

En la práctica en el área oeste: en Pozuelo y Majadahonda, donde muchas relaciones laborales domésticas duran años y los salarios son superiores a la media, la ausencia de nóminas puede generar conflictos importantes en el momento del finiquito o ante una inspección.

Conceptos que debe incluir una nómina de empleada del hogar

La nómina del sector doméstico sigue el mismo esquema general que cualquier recibo de salario, aunque con sus particularidades:

Devengos (lo que gana la trabajadora antes de retenciones)

  • Salario base: la cantidad acordada por hora o mensual fijada en el contrato. Para 2026, el salario mínimo del sector es de 8,45 €/hora brutos para empleadas externas.
  • Pagas extraordinarias prorrateadas: si se ha acordado prorratear las dos pagas extra anuales en doce mensualidades, se suma aquí la parte proporcional (1/6 del salario mensual por paga).
  • Plus de transporte (si aplica): algunas familias abonan un plus para compensar los desplazamientos. Debe figurar en el contrato.
  • Complementos salariales: si la trabajadora realiza tareas adicionales pactadas (cocina, cuidado de mascotas, planchado) y se ha acordado un plus por ello, se añaden aquí.
  • Horas extraordinarias (si las hubo): con el recargo del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria.

Deducciones (lo que se descuenta del salario bruto)

  • Cotización a la Seguridad Social (cuota obrera): la parte que corre a cargo de la trabajadora, habitualmente en torno al 6,35 % del salario bruto para contingencias comunes, más los tipos de desempleo y formación.
  • Retención de IRPF: solo es obligatoria cuando la trabajadora así lo solicita mediante el modelo 145, o cuando los ingresos totales del año superan el umbral a partir del cual hay obligación de retener. En la práctica, muchas empleadas del hogar en el área oeste sí solicitan retención porque trabajan a tiempo completo y les conviene de cara a la declaración de la renta.

Cálculo paso a paso: ejemplo real para Majadahonda

Supongamos una empleada externa que trabaja 30 horas semanales en una familia de Majadahonda, con un salario acordado de 11,50 €/hora brutos, sin pago en especie y con las pagas extra prorrateadas:

ConceptoCálculoImporte
Salario base mensual (130 h/mes)130 h × 11,50 €1.495,00 €
Prorrata de pagas extraordinarias1.495 € × 2 pagas ÷ 12 meses249,17 €
Total devengos (salario bruto)1.744,17 €
Cotización SS (cuota obrera, aprox. 6,47 %)1.744,17 × 6,47 %− 112,85 €
Retención IRPF (supuesto 3 %)1.744,17 × 3 %− 52,33 €
LÍQUIDO A PERCIBIR (salario neto)1.578,99 €

Recuerda: la cotización que aparece en la nómina solo es la parte de la trabajadora. La familia empleadora paga además su propia cuota empresarial a la Seguridad Social, que en 2026 es de aproximadamente el 23,85 % del salario bruto. Esa cuota no aparece en la nómina, pero sí es un coste real para la familia.

Qué datos de cabecera debe tener la nómina

Aunque no existe un modelo oficial único para el empleo doméstico, la nómina debe identificar claramente ambas partes:

  • Nombre completo y NIF del empleador (la familia o el titular del hogar).
  • Nombre completo, NIF y número de afiliación a la Seguridad Social de la trabajadora.
  • Periodo de liquidación (p. ej., "agosto 2026").
  • Número de cuenta bancaria o forma de pago si se paga en efectivo.
  • Firma del empleador (o sello si lo hubiera) y espacio para la firma de la trabajadora como recibí.

¿Hace falta una gestoría para hacer la nómina?

No es imprescindible, pero sí recomendable en muchos casos. Las opciones habituales en Pozuelo, Majadahonda y Boadilla son tres:

1. Hacerla tú mismo con una plantilla

Si la situación es sencilla (sin IRPF, sin horas extra, paga extra prorrateada), una plantilla de Excel o Word con los conceptos correctos es suficiente. El margen de error está en aplicar mal los porcentajes de Seguridad Social, que cambian cada año, o en olvidar incluir alguna paga extra.

2. Usar una asesoría o gestoría local

Muchas familias del área oeste contratan una gestoría que les lleva a la vez el alta en la SS, la gestión de las cuotas mensuales y la elaboración de las nóminas. El coste suele oscilar entre 40 y 80 €/mes en función de la complejidad. Para familias con una empleada interna o con varias trabajadoras, el precio de la tranquilidad suele justificarse.

3. Aplicaciones específicas para el empleo doméstico

Existen aplicaciones y plataformas online diseñadas específicamente para la gestión del empleado del hogar que generan la nómina automáticamente a partir del salario y las horas trabajadas. Algunas también gestionan la cotización a la SS directamente. Son una opción intermedia entre hacerlo a mano y externalizar todo a una gestoría.

Cuándo y cómo entregar la nómina

La nómina debe entregarse en el momento del pago del salario, normalmente a final de mes. Las formas aceptadas son:

  • Papel firmado por duplicado: la trabajadora se queda una copia firmada y la familia guarda la otra con la firma de la trabajadora como recibí. Es el método más tradicional y el que mejor funciona como prueba ante una reclamación.
  • Correo electrónico: se puede enviar en PDF. Conviene guardar el correo y el acuse de recibo. Si la trabajadora no tiene correo electrónico habitual, no es el método más práctico.
  • Aplicación de gestión: si se usa una plataforma específica, la nómina queda registrada en el sistema y ambas partes tienen acceso al histórico.

En Pozuelo y Majadahonda, donde muchas relaciones laborales son informales en los detalles aunque el alta en la SS esté hecha, lo más habitual sigue siendo el papel firmado. Es el formato que más protege a ambas partes.

Errores frecuentes que cometen las familias del área oeste

  • Pagar de más en efectivo sin nómina y luego no poder justificar el importe real cuando llega un desacuerdo. La trabajadora puede reclamar que cobró menos si no hay documento firmado.
  • No incluir la prorrata de las pagas extra cuando se acordó el prorrateo en el contrato. Esto lleva a conflictos en el finiquito porque la trabajadora entiende que aún se le deben las dos pagas anuales.
  • Aplicar el porcentaje de IRPF incorrecto: el tipo de retención no es fijo; depende de los ingresos anuales estimados de la trabajadora y de su situación personal (hijos, discapacidad, etc.). Si la trabajadora trabaja en varios hogares, los ingresos se acumulan y el tipo puede ser superior al que se aplica por defecto.
  • No actualizar la nómina cuando cambia el salario: si se acuerda una subida de sueldo con un anexo al contrato, la nómina del mes siguiente debe reflejar el nuevo importe. Parecer obvio, pero es un error frecuente cuando la gestión es manual.
  • No guardar el histórico de nóminas: la ley obliga a conservar los registros durante cuatro años. Si la Inspección de Trabajo lo solicita o hay una reclamación judicial, debes poder presentar todos los recibos del periodo en cuestión.

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¿Qué pasa si no hago la nómina?

No entregar la nómina es una infracción laboral tipificada en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las sanciones por no documentar correctamente el salario pueden ir desde los 750 € hasta los 7.500 € en los casos más graves, en función de si se califica como infracción leve, grave o muy grave.

Más allá de la sanción administrativa, la ausencia de nóminas facilita que la trabajadora reclame cantidades que en realidad ya fueron pagadas. En el ámbito judicial, si no puedes demostrar con documentos qué pagaste y cuándo, la palabra de la trabajadora tiene mucho peso.

Resumen: lo que necesitas para hacer la nómina correctamente

  1. El salario bruto mensual pactado en el contrato.
  2. Si las pagas extra están prorrateadas o se abonan en junio y diciembre.
  3. El porcentaje de retención de IRPF que corresponde (del modelo 145 rellenado por la trabajadora, si lo ha entregado).
  4. Los porcentajes de cotización SS vigentes para ese año (cuota obrera).
  5. Una plantilla o aplicación que estructure los conceptos correctamente.
  6. Firma de ambas partes, por duplicado, y archivo del recibo firmado.

Con estos elementos, la nómina de una empleada doméstica es un documento sencillo. El trabajo real está en tener los datos correctos desde el principio y en actualizar los porcentajes cada año cuando la Seguridad Social los revisa.