El periodo de prueba es la fase más delicada de cualquier nueva relación laboral doméstica. Bien gestionado, te permite tomar una decisión informada sin compromisos permanentes; mal gestionado, puede derivar en reclamaciones laborales que nadie quiere. Esta guía explica qué dice la ley, cómo aprovecharlo en la práctica y qué errores evitar en el área oeste de Madrid.

¿Qué es el periodo de prueba y para qué sirve?

El periodo de prueba es una cláusula del contrato de trabajo que permite tanto a la familia como a la trabajadora comprobar si la relación encaja antes de que el vínculo laboral se consolide. Durante este tiempo, cualquiera de las dos partes puede poner fin al contrato sin preaviso y sin derecho a indemnización.

En Pozuelo, Majadahonda o Boadilla del Monte, donde las casas suelen ser grandes y las familias tienen rutinas específicas, un periodo de prueba bien estructurado es especialmente valioso: permite verificar si la trabajadora maneja bien los distintos espacios, si encaja con la dinámica familiar y si cumple las expectativas de calidad y puntualidad.

Clave: el periodo de prueba solo es válido si queda reflejado expresamente en el contrato escrito. Un acuerdo verbal no tiene valor legal y puede crear confusión sobre los derechos de ambas partes.

¿Cuánto dura el periodo de prueba en el empleo del hogar?

El Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del empleo del hogar, fija los límites máximos del periodo de prueba:

Tipo de contratoDuración máxima del periodo de prueba
Contrato indefinido o temporal de duración superior a 4 semanas2 meses
Contrato temporal de duración igual o inferior a 4 semanasNo se puede pactar periodo de prueba (el propio contrato ya es provisional)

La duración máxima es de dos meses para los contratos habituales (empleada fija, empleada interna, cuidadora a largo plazo). En la práctica, la mayoría de las familias en Pozuelo y Majadahonda fijan el periodo de prueba en 30 días, que es suficiente para evaluar el desempeño sin necesidad de alargar la incertidumbre para la trabajadora.

¿Se puede pactar un periodo de prueba más corto?

Sí. La ley fija el máximo, no el mínimo. Puedes acordar 15 días si tienes referencias sólidas de la trabajadora y confías en el proceso de selección. Muchas familias que contratan a través de recomendaciones directas en Boadilla o Aravaca eligen periodos más breves para transmitir confianza desde el principio.

Qué derechos tiene la empleada durante el periodo de prueba

El periodo de prueba no es una zona sin derechos. La trabajadora mantiene todos sus derechos laborales desde el primer día:

  • Alta en la Seguridad Social: obligatoria desde el primer día de trabajo, antes o en el mismo momento de comenzar. No hay excepción durante el periodo de prueba.
  • Salario íntegro: debe cobrar el salario acordado, sin reducciones por estar en prueba.
  • Jornada y descansos: se aplican exactamente igual que en un contrato consolidado. No se le puede pedir que trabaje más horas de las acordadas.
  • Baja por enfermedad: si enferma durante el periodo de prueba, los días de baja no interrumpen el cómputo del periodo salvo pacto expreso en el contrato.
  • Protección ante discriminación: no se puede poner fin al contrato por motivos de maternidad, embarazo, enfermedad crónica o cualquier causa discriminatoria, ni siquiera durante el periodo de prueba.

Cómo estructurar el periodo de prueba en la práctica

Las familias que mejor aprovechan el periodo de prueba en Pozuelo y Majadahonda lo hacen de forma estructurada, no improvisada. Aquí tienes un esquema que funciona bien:

Primera semana: presentación y observación

  • Dedica tiempo los primeros días a explicar la rutina de la casa: qué se limpia, con qué productos, en qué orden.
  • Muéstrale dónde están los productos, el cuadro eléctrico, la caldera y cualquier sistema especial (aspiradores centrales, suelos de parqué, griferías de diseño).
  • Entrégale un listado escrito de tareas semanales. En casas grandes de Pozuelo o La Finca, con cinco o seis baños y múltiples plantas, una guía escrita evita malentendidos desde el primer día.
  • Preséntala a los demás miembros de la familia, incluidos los niños, y explica cómo deben relacionarse.

Segunda y tercera semana: evaluación real del trabajo

  • Comprueba que los estándares de limpieza son los que esperabas. Si hay diferencias, corrígelas en el momento, no al final del periodo de prueba.
  • Observa la puntualidad y la actitud ante imprevistos (una visita inesperada, una tarea extra, un problema con un electrodoméstico).
  • Si cuida a niños o a mayores, evalúa especialmente cómo se relaciona con ellos, cómo reacciona ante situaciones de estrés y si sigue las indicaciones médicas o educativas correctamente.
  • Evalúa también aspectos prácticos: ¿maneja bien los productos especiales que usas? ¿Respeta los objetos de valor? ¿Es discreta?

Cuarta semana: conversación de seguimiento

Una práctica habitual entre familias de Majadahonda y Boadilla es hacer una pequeña conversación de seguimiento hacia el final del primer mes. No hace falta que sea formal: basta con diez minutos para decirle qué está haciendo bien, qué aspectos pueden mejorar y cuáles son las prioridades de la familia. Este gesto reduce la ansiedad de la trabajadora y demuestra que la familia también se implica en que la relación funcione.

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Cómo dar por terminado el contrato durante el periodo de prueba

Si al llegar al final del periodo de prueba decides que la relación no funciona, el procedimiento es sencillo pero debe hacerse correctamente para evitar reclamaciones posteriores:

Lo que debes hacer

  1. Comunicarlo por escrito: aunque la ley no exige carta formal durante el periodo de prueba, es muy recomendable entregar un escrito breve que indique la fecha de fin del contrato. Guarda copia firmada por ambas partes.
  2. Liquidar el finiquito el último día: debes abonar los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de las pagas extras devengadas y los días de vacaciones no disfrutados desde el inicio del contrato.
  3. Dar de baja en la Seguridad Social: debes comunicar la baja a la Seguridad Social en el plazo de tres días naturales desde el cese.
  4. Devolver las llaves y pertenencias personales: si la empleada tenía acceso a la casa o a sistemas de seguridad, gestiona el cambio de códigos o la devolución de llaves.

Lo que NO debes hacer

  • No dejar pasar el periodo de prueba sin tomar una decisión. Una vez vencido el plazo fijado en el contrato, el cese durante el periodo de prueba ya no es aplicable y tendrías que abonar indemnización como en cualquier despido.
  • No dar por terminado el contrato oralmente sin dejar rastro escrito. Si la trabajadora impugna el despido, la carga de la prueba puede caer sobre la familia.
  • No alegar causas que puedan interpretarse como discriminación (enfermedad, embarazo, nacionalidad, religión).
  • No retener el finiquito. Debes abonarlo el último día o en los días siguientes, no «en cuanto puedas».

¿Qué pasa si la trabajadora decide irse durante el periodo de prueba?

La trabajadora también puede poner fin al contrato durante el periodo de prueba sin preaviso y sin compensación para la familia. Esto ocurre con más frecuencia de lo que parece, especialmente si:

  • La casa resulta más grande o más exigente de lo que se describió en la entrevista.
  • La trabajadora recibe una oferta mejor de otra familia.
  • El ambiente de trabajo no es el esperado (trato, puntualidad en los pagos, condiciones acordadas).

Para minimizar este riesgo, las familias de Pozuelo y Boadilla que tienen más éxito en retener a buenas empleadas desde el primer momento son las que: cumplen escrupulosamente el horario de pago, tratan a la trabajadora con respeto desde el primer día y no amplían las tareas durante el periodo de prueba sin acuerdo previo.

Preguntas frecuentes sobre el periodo de prueba en el empleo doméstico

¿Puedo tener a la empleada "a prueba" sin contrato unos días antes de firmarlo?

No. Cualquier día trabajado genera relación laboral y obliga al alta en la Seguridad Social. Los llamados «días de prueba informal» sin contrato son ilegales y pueden acarrear sanciones de la Inspección de Trabajo de entre 750 y 7.500 €. Si quieres que la empleada conozca la casa antes de comprometerse, organiza una visita pagada de una o dos horas como parte del proceso de selección.

¿Puede coincidir el periodo de prueba con un periodo de vacaciones de la familia?

Legalmente sí puede solaparse, pero en la práctica no tiene mucho sentido evaluar a una empleada si la familia no está en casa. Lo más habitual en el área oeste de Madrid es comenzar el contrato en septiembre, cuando la familia regresa de vacaciones, y usar los dos primeros meses del curso escolar como periodo de prueba.

¿El periodo de prueba se interrumpe si la empleada está de baja?

Por defecto, no se interrumpe: los días de baja cuentan dentro del periodo de prueba. Sin embargo, puedes pactar expresamente en el contrato que las situaciones de incapacidad temporal, maternidad o paternidad suspenden el cómputo del periodo de prueba. Si lo haces, debe quedar escrito en el contrato.

¿Puede la familia despedir a la empleada al día siguiente de que acabe el periodo de prueba?

Sí, técnicamente. Pero si el cese se produce al día siguiente o a los pocos días de concluir el periodo de prueba, los tribunales pueden interpretar que la familia dejó correr el plazo artificialmente para evitar pagar indemnización. Es un riesgo real. Si durante el periodo de prueba tienes dudas serias, toma la decisión antes de que el plazo expire.

Resumen: claves del periodo de prueba en el área oeste de Madrid

  • Fíjalo siempre por escrito en el contrato: sin mención expresa, no existe legalmente.
  • El máximo son dos meses; en la práctica, 30 días es lo habitual y suficiente.
  • La empleada tiene todos sus derechos desde el primer día: SS, salario, jornada y descansos.
  • Estructura el periodo en semanas con objetivos concretos y haz una conversación de seguimiento.
  • Si decides no continuar, comunícalo antes de que el plazo expire y liquida el finiquito correctamente.
  • Nunca dejes a nadie trabajar sin contrato, ni siquiera «de prueba» de forma informal.